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viernes, 4 de diciembre de 2009

La ley de Linus



Por Linus Torvalds

Del Prefacio a "La Etica Hacker y El Espíritu de la Era de la Información"

La ley de linus establece que todas nuestras motivaciones se pueden agrupar en tres categorías básicas. Y lo que es aún más importante, el progreso consiste en ir pasando de una categoría a la siguiente como fasesfases de un proceso de evolución. Las categorías son, por este orden, "supervivencia", "vida social" y "entretenimiento". La primera fase, la supervivencia, salta a la vista. La prioridad de cualquier ser vivo es sobrevivir.

¿Y las otras dos? Suponiendo que estemos de acuerdo en considerar que la supervivencia es una ferza motivadora fundamental, las otras se siguen de la pregunta: "¿por qué está dispuesta la gente a arriesgar su vida?". Algo por lo que uno pueda perder su vida tiene que ser una motivación sin duda fundamental.

A algunos les podría parecer discutible mi selección de fuerzas motivadoras, pero creo que estoy en lo cierto. Es fácil encontrar ejemplos de personas y de otros seres vivos que valoran sus vínculos sociales más que a sus vidas. En la literatura universal, Romeo y Julieta es el ejemplo clásico, sin duda, pero también la noción de "morir por la propia familia/patria/religión" refleja con claridad que los vínculos sociales pueden llegar a ser más importantes que la vida de uno mismo.

El entretenimiento puede parecer una elección extraña; pero por entretenimiento entíendo algo más que jugar con la Nintendo. Es el ajedrez. Es la pintura. Es el ejercicio mental que comporta cualquier intento de explicar el universo. Einstein no estaba motivado por la supervivencia cuando pensaba en la física. Tampoco debió de ser para él una cuestíón social. Era entretenimiento. Entretenimiento es algo intrinsecamente interesante y capaz de plantear desafíos.

Y la búsqueda de entretenimiento constituye sin duda un fuerte impulso. No es que alguien llegue a desear morir por la propia Nintendo, pero pensemos por ejemplo, en la expresión "morir de aburrimiento": alguien, sin duda, preferiría morir que aburrirse por toda la eternidad, razón por la cual hay gente que se dedica a tirarse de aviones sin tener motivo aparente para hacerlo, sólo por el estremecimiento que les produce saltar al vacío y poner coto de este modo al aburrímiento.

Y el dinero, ¿es una motivación? El dinero sin duda es algo útil, pero la mayoría estaría de acuerdo en que el dinero per se no es lo que motiva en última instancia a las personas. El dinero motiva por lo que comporta, es el definitivo instrumento de trueque para conseguir lo que realmente nos interesa y preocupa.

Obsérvese que con el dinero, por lo general, resulta fácil adquirir supervivencia, aunque es mucho más difícil comprar vínculos sociales y entretenimiento. Sobre todo, entretenimiento con E mayúscula, el que acaba dando sentido y significado a la existencia.

Tampoco se debe pasar por alto el efecto social que supone tener dinero, se compre algo o no con él. El dinero cuntinúa siendo algo muy poderoso, pero no es más que un representante, un apoderado de otros factores mucho más fundamentales.

La ley de Linus no se interesa tanto por el hecho de que éstas sean las tres motivaciones de las personas, sino por la idea de que nuestro progreso consiste en ir pasando de una fase a otra en un proceso completo desde la "supervivencia" a la "vida social" y al "entretenimiento".

¿Sexo? Sí, claro. Sin duda empezó siendo supervivencia y continúa siéndolo. Nada que objetar. Pero en los animales más desarrollados ha dejado de ser una cuestión de pura supervivencia: el sexo ha pasado a formar parte del tejido social. Y, en el caso de los seres humanos, el sexo por antonomasia es entretenimiento. ¿Copas y comidas? Lo mismo. ¿Guerra? Lo mismo. Puede que la guerra no haya completado el proceso, pero la CNN hará todo cuanto tenga en su mano para conseguirlo. Empezó siendo supervivencia y va camino de convertirse inexorab1emente en entretenimiento.

Todo esto puede aplicarse sin lugar a dudas a los hackers. Para ellos, la supervivencia no es lo principal. Pueden subsistir bastante bien a base de donuts y pepsi-colas. Hablando en serio, desde el momento en que se puede tener un ordenador en el escritorio, no es probable que la primera preocupación que nos mueva sea cómo conseguir comer caliente o conservar el techo que nos cobija. Si bien la supervivencia, continúa siendo un factor motivador, no es en realidad una preocupación cotidiana, capaz de excluir al resto de las motivacíones.

Un "hacker" es una persona que ha dejado de utilizar su ordenador para sobrevivir ("me gano el pan programando") y ha pasado a los dos estadios siguientes. Él (o, en teoría aunque en muy contadas ocasiones, ella) utliliza el ordenador para sus vínculos sociales: el correo electrónico e Internet son las grandes vías para acceder a una comunidad. Pero para el hacker un ordenador es también entretenimiento. No me refiero a los juegos, ni tampoco a las bellas imágenes que circulan por la red. El ordenador mismo es entretenimiento.

Así llega a crearse algo como el sistema Linux. No se trata de hacer mucho dinero. La razón por la que los hackers de Linux hacen algo es que lo encuentran muy interesante y les gusta compartir eso tan interesante con los demás. De repente, se obtiene entretenimiento del hecho de estar haciendo algo interesante, a la vez que se alcanza una repercusión social. Se logra así este efecto de la red Linux, donde hay multitud de hackers que trabajan juntos porque disfrutan con lo que hacen.

Los hackers creen que no hay un estadio de motivación superior a éste. Y es esa creencia lo que ejerce un poderoso efecto en un dominio que va mucho más allá de Linux, tal como Pekka demostrará.

domingo, 25 de octubre de 2009

La Ciencia debe Desechar el Copyright

Por Richard Stallman


Debería ser un axioma que la literatura científica existe para divulgar el conocimiento científico, y que las revistas científicas existen para facilitar este proceso. Por consiguiente, las reglas de uso de la literatura científica deberían diseñarse para ayudar a conseguir este objetivo.

Las reglas que tenemos ahora, conocidas como copyright, fueron establecidas en la era de la imprenta, un método intrínsecamente centralizado para la producción masiva de copias. En el contexto de la imprenta, el copyright sobre los artículos de publicaciones sólo restringía a los editores, obligándoles a obtener un permiso para publicar un artículo, y a los posibles plagiarios. Esto ayudó a que las revistas activaran y divulgaran el conocimiento sin interferir en el provechoso trabajo de los científicos o estudiantes, ya sea como escritores o como lectores de artículos. Estas reglas se adecuaban bien a dicho sistema.

La tecnología moderna para las publicaciones científicas es, sin embargo, Internet.

¿Qué reglas asegurarían mejor la divulgación de los artículos científicos y del conocimiento en la Red? Los artículos deberían de distribuirse en formatos no propietarios, de acceso abierto para todos. Y todos deberían de tener el derecho de reproducir los artículos, esto es, de reeditarlos íntegramente con su adecuada atribución.

Estas reglas deberían aplicarse tanto a los artículos pasados como a los futuros, cuando se distribuyen en formato digital. Pero no hay ninguna necesidad crucial de cambiar el sistema de copyright actual aplicado a la edición impresa de revistas, porque el problema no afecta a ese dominio.

Por desgracia, parece que no todo el mundo está de acuerdo con los axiomas que encabezan este artículo. Muchos editores de revistas parecen creer que el propósito de la literatura científica es permitirles editar revistas para cobrar suscripciones de científicos y estudiantes. Esta forma de pensar se conoce como «confundir los medios con los fines».

Su proceder ha consistido en restringir el acceso a la lectura de literatura científica, incluso a aquellos que pueden pagar y que pagarán por ello. Usan la legislación de copyright, todavía vigente a pesar de su inadecuación a las redes informáticas, como una excusa para detener a los científicos en la selección de nuevas reglas.

En nombre de la cooperación científica y del futuro de la humanidad, debemos rechazar tal enfoque desde su raíz —no sólo los sistemas restrictivos que se han establecido, sino las prioridades equivocadas que los inspiraron.

Los editores de revistas a veces argumentan que el acceso on line requiere servidores caros de alta capacidad y que deben cobrar tarifas de acceso para pagar estos servidores.

Este «problema» es una consecuencia de su propia «solución». Concede a todo el mundo la libertad de autoeditar, y las bibliotecas en todo el mundo montarán páginas de libre publicación para responder a la demanda. Esta solución descentralizada reducirá las necesidades de ancho de banda de la red y proveerá un acceso más rápido, a la vez que se protege la documentación académica contra pérdidas accidentales.

Los editores también sostienen que pagar a los encargados de la página obliga a cobrar por el acceso. Aceptemos la suposición de que los encargados deben ser pagados; para este viaje no hacen falta alforjas. El coste de la edición de un revista normal está entre el uno y el tres por ciento del coste de financiar la investigación para producirla. Un porcentaje tan pequeño difícilmente puede justificar que se obstaculice el uso de los resultados.

En su lugar, el coste de la edición puede cubrirse, por ejemplo, cobrando a los autores por publicar en la página, y estos pueden traspasar estos pagos a los patrocinadores de su investigación. A los patrocinadores no les debería de importar, dado que ya pagan por la publicación de una forma más molesta, a través de las tarifas astronómicas que abonan para que la biblioteca universitaria se suscriba a la revista. Mediante el cambio de modelo económico para que los patrocinadores de la investigación cubran los costes de la edición, podemos eliminar la necesidad aparente de restringir el acceso. El autor fortuito que no pertenece a ninguna institución o empresa, y que no tiene patrocinador, podría estar exento de estos pagos, con los costos derivados a los autores patrocinados.

Otra justificación para las tarifas de acceso a las publicaciones de Internet es que pueden financiar la reconversión de los archivos impresos de un revista a un formato on line. Este trabajo tiene que hacerse, pero deberíamos buscar formas alternativas de financiarlo que no supongan obstruir el acceso a los resultados. El trabajo en sí mismo no será más difícil ni costará más. Digitalizar los archivos y malgastar los resultados por restringir el acceso a ellos es algo autodestructivo.

La Constitución de los EE.UU. dice que el copyright existe «para promover el progreso de la ciencia». Cuando el copyright impide el progreso de la ciencia, la ciencia debe desechar el copyright.

viernes, 16 de octubre de 2009

La definición de software libre

Por Richard Stallman

El «software libre» es una cuestión de libertad, no de precio. Para comprender este concepto, debemos pensar en la acepción de libre como en «libertad de expresión» y no como en «barra libre de cerveza».

Con software libre nos referimos a la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar el software. Nos referimos especialmente a cuatro clases de libertad para los usuarios de software:

Libertad 0: la libertad para ejecutar el programa sea cual sea nuestro propósito.

Libertad 1: la libertad para estudiar el funcionamiento del programa y adaptarlo a tus necesidades —el acceso al código fuente es condición indispensable para esto.

Libertad 2: la libertad para redistribuir copias y ayudar así a tu vecino.

Libertad 3: la libertad para mejorar el programa y luego publicarlo para el bien de toda la comunidad —el acceso al código fuente es condición indispensable para esto.

Software libre es cualquier programa cuyos usuarios gocen de estas libertades. De modo que deberías ser libre de redistribuir copias con o sin modificaciones, de forma gratuita o cobrando por su distribución, a cualquiera y en cualquier lugar. Gozar de esta libertad significa, entre otras cosas, no tener que pedir permiso ni pagar para ello.

Asimismo, deberías ser libre para introducir modificaciones y utilizarlas de forma privada, ya sea en tu trabajo o en tu tiempo libre, sin siquiera tener que mencionar su existencia. Si decidieras publicar estos cambios, no deberías estar obligado a notificárselo a ninguna persona ni de ninguna forma en particular.

La libertad para utilizar un programa significa que cualquier individuo u organización podrán ejecutarlo desde cualquier sistema informático, con cualquier fin y sin la obligación de comunicárselo subsiguientemente ni al desarrollador ni a ninguna entidad en concreto.

La libertad para redistribuir copias supone incluir las formas binarias o ejecutables del programa y el código fuente tanto de las versiones modificadas como de las originales —la distribución de programas en formato ejecutable es necesaria para su adecuada instalación en sistemas operativos libres. No pasa nada si no se puede producir una forma ejecutable o binaria —dado que no todos los lenguajes pueden soportarlo—, pero todos debemos tener la libertad para redistribuir tales formas si se encuentra el modo de hacerlo.

Para que las libertades 2 y 4 —la libertad para hacer cambios y para publicar las versiones mejoradas— adquieran significado, debemos disponer del código fuente del programa. Por consiguiente, la accesibilidad del código fuente es una condición necesaria para el software libre.

Para materializar estas libertades, deberán ser irrevocables siempre que no cometamos ningún error; si el desarrollador del software pudiera revocar la licencia sin motivo, ese software dejaría de ser libre.

Sin embargo, ciertas normas sobre la distribución de software libre nos parecen aceptables siempre que no planteen un conflicto con las libertades centrales. Por ejemplo, el copyleft, grosso modo, es la norma que establece que, al redistribuir el programa, no pueden añadirse restricciones que nieguen a los demás sus libertades centrales. Esta norma no viola dichas libertades, sino que las protege.

De modo que puedes pagar o no por obtener copias de software libre, pero independientemente de la manera en que las obtengas, siempre tendrás libertad para copiar, modificar e incluso vender estas copias.

El software libre no significa que sea «no comercial». Cualquier programa libre estará disponible para su uso, desarrollo y distribución comercial. El desarrollo comercial del software libre ha dejado de ser excepcional y de hecho ese software libre comercial es muy importante.

Las normas sobre el empaquetamiento de una versión modificada son perfectamente aceptables siempre que no restrinjan efectivamente tu libertad para publicar versiones modificadas. Por la misma razón, serán igualmente aceptables aquellas normas que establezcan que «si distribuyo el programa de esta forma, deberás distribuirlo de la misma manera» —cabe destacar que esta norma te permite decidir si publicar o no el programa. También admitimos la posibilidad de que una licencia exija enviar una copia modificada y distribuida de un programa a su desarrollador original.

En el proyecto GNU, utilizamos el «copyleft» para proteger legalmente estas libertades. Pero también existe software libre sin copyleft. Creemos que hay razones de peso para recurrir al copyleft, pero si tu programa, software libre, carece de él, todavía tendremos la opción de seguir utilizándolo.

A veces la normativa gubernamental de control de las exportaciones y las sanciones comerciales pueden constreñir tu libertad para distribuir copias a nivel internacional.

Los desarrolladores de software no tienen el poder para eliminar o invalidar estas restricciones, pero lo que sí pueden y deben hacer es negarse a imponer estas condiciones de uso al programa. De este modo, las restricciones no afectarán a las actividades y a los individuos fuera de la jurisdicción de estos gobiernos.

Cuando hablamos de software libre, es preferible evitar expresiones como «regalar» o «gratis», porque entonces caeremos en el error de interpretarlo como una mera cuestión de precio y no de libertad. Términos de uso frecuente como el de «piratería» encarnan opiniones que esperamos no compartas. Véase el apartado de «Palabras que conviene evitar» para una discusión sobre estos términos. Tenemos disponible también una lista de traducciones de «software libre» en distintos idiomas.

Por último, señalaremos que los criterios descritos para definir el software libre requieren una profunda reflexión antes de interpretarlos. Para decidir si una licencia de software específica puede calificarse de licencia de software libre, nos basaremos en dichos criterios y así determinaremos si se ajusta al espíritu y a la terminología precisa. Si una licencia incluye restricciones desmedidas, la rechazamos aun cuando nunca predijimos esta cuestión al establecer nuestros criterios. En ocasiones, ciertas condiciones en una licencia pueden plantear un problema que requiera un análisis exhaustivo, lo que significa incluso debatir el tema con un abogado, antes de decidir si dichas condiciones son aceptables. Cuando llegamos a una solución sobre un problema nuevo, a menudo actualizamos nuestros criterios para hacer más fácil la consideración de que licencias están cualificadas y cuáles no.

sábado, 10 de octubre de 2009

Introducción al Software Libre

Por Lawrence Lessig
Presidente de Creative Commons

Cada generación tiene su filósofo: un escritor o un artista que plasma la imaginación de una época. A veces estos filósofos son reconocidos como tales, pero a menudo pasan generaciones antes de que se caiga en la cuenta. Sin embargo, con reconocimiento o sin él, cada época queda marcada por la gente que expresa sus ideales, sea en el susurro de un poema o en el fragor de un movimiento político.

Nuestra generación tiene un filósofo. No es un artista, tampoco un escritor profesional.Es un programador. Richard Stallman comenzó su trabajo en los laboratorios del MIT como programador y arquitecto desarrollando software de sistemas operativos. Ha desarrollado su carrera en la vida pública como programador y arquitecto fundando un movimiento por la libertad en un mundo cada vez más definido por el «código».

El «código» es la tecnología que hace que los ordenadores funcionen. Esté inscrito en el software o grabado en el hardware, es el conjunto de instrucciones, primero escritas como palabras, que dirigen la funcionalidad de las máquinas. Estas máquinas (ordenadores) definen y controlan cada vez más nuestras vidas. Determinan cómo se conectan los teléfonos y qué aparece en el televisor. Deciden si el vídeo puede enviarse por banda ancha hasta un ordenador. Controlan la información que un ordenador remite al fabricante. Estas máquinas nos dirigen. El código dirige estas máquinas. ¿Qué control deberíamos tener sobre el código? ¿Qué comprensión? ¿Qué libertad debería haber para neutralizar el control que permite? ¿Qué poder?

Estas preguntas han sido el reto de la vida de Stallman. A través de sus trabajos y de sus palabras nos ha incitado a ser conscientes de la importancia de mantener «libre» el código. No «libre» en el sentido de que los escritores del código no reciban una remuneración, sino «libre» en el sentido de que el control, que construyen los codificadores, sea transparente para todos y en el de que cualquiera tenga derecho a tomar ese control y de modificarlo a su gusto. Esto es el «software libre», «software libre» es la respuesta a un mundo construido mediante código.

«Libre». Stallman lamenta la ambigüedad de su propio término. (N. del E. Se refiere aquí, por primera vez en este libro, a la doble acepción de la palabra inglesa free como libre y como gratis.)

No hay nada que lamentar. Los rompecabezas obligan a la gente a pensar y el término «libre» cumple bastante bien esta función de rompecabezas. Para los oídos estadounidenses modernos, «software libre» suena utópico, imposible. Nada, ni siquiera el almuerzo, es libre. ¿Cómo podrían ser «libres» las más importantes palabras que dirigen las máquinas más esenciales que dirigen el mundo? ¿Cómo podría una sociedad en su sano juicio aspirar a semejante ideal?

Sin embargo, el peculiar tañido de la palabra «libre» depende de nosotros y no del propio término. «Libre» tiene diferentes significados, sólo uno de ellos se refiere a «precio». Un significado de «libre» mucho más fundamental es, dice Stallman, el del término «libertad de expresión» o quizás mejor el de la expresión «trabajo libre no forzado». No libre como gratuito, sino libre en el sentido de limitado en cuanto a su control por los otros. Software libre significa un control que es transparente y susceptible de modificación, igual que las leyes libres, o leyes de una «sociedad libre», son libres cuando hacen su control cognoscible y abierto a la modificación.

La intención del «movimiento software libre» de Stallman es producir código en la medida en que pueda ser transparente y susceptible de modificación haciéndolo «libre». El mecanismo para este fin es un instrumento extraordinariamente inteligente llamado «copyleft» que se implementa a través de una licencia llamada GPL. Usando el poder del copyright, el «software libre» no sólo asegura que permanece abierto y susceptible de modificación, sino también que otro software que incorpore y use «software libre» —y que técnicamente se convierta en «obra derivada»— debe también, a su vez, ser libre. Si uno usa y adapta un programa de software libre y distribuye públicamente esa versión adaptada, la versión distribuida debe ser tan libre como la versión de la que procede. Debe hacerse así, de lo contrario se estará infringiendo el copyright.

El «software libre», como las sociedades libres, tiene sus enemigos. Microsoft ha entablado una guerra contra la GPL, alertando a quienquiera que le escuche de que la GPL es una licencia «peligrosa». El peligro a que se refiere, sin embargo, es en gran medida ficticio. Otros plantean objeciones a la «coerción» que supone el mandato de la GPL de que las versiones modificadas sean también libres. Pero una condición no es coerción. Si no es coerción que Microsoft no permita a lo usuarios distribuir versiones modificadas de Office sin pagarle (presumiblemente) millones, entonces no es coerción que la GPL establezca que las versiones modificadas del software libre sean también libres.

También están los que califican el mensaje de Stallman de demasiado extremista. Pero no es extremista. Al contrario, en un sentido obvio el trabajo de Stallman es una simple traslación de la libertad que nuestra tradición ha inscrito en el mundo anterior al código. El «software libre» asegura que el mundo gobernado por el código es tan «libre» como nuestra tradición que construyó el mundo anterior al código.

Por ejemplo: una «sociedad libre» está regulada por leyes. Pero hay límites que cualquier sociedad libre pone a esa regulación legal: ninguna sociedad que mantenga sus leyes en secreto podría llamarse, nunca, libre. Ningún gobierno que esconda sus normas a los gobernados podría incluirse, nunca, en nuestra tradición. El Derecho gobierna. Pero sólo, precisamente, cuando lo hace a la vista. Y el Derecho sólo está a la vista cuando sus términos pueden ser conocidos por los gobernados o por los agentes de los gobernados —abogados, parlamentos.

Esta condición del Derecho va más allá del trabajo de un parlamento. Pensemos en la práctica jurídica en los tribunales norteamericanos. Los abogados son contratados por sus clientes para defender los intereses de esos clientes. En ocasiones esos intereses son defendidos en un litigio. En el curso del litigio, los abogados redactan alegaciones.

Esas alegaciones, a su vez, afectan a las decisiones judiciales. Esas decisiones determinan quien gana un caso concreto o si una determinada ley guarda conformidad con una constitución. Todos los elementos de ese proceso son libres en el sentido a que se refiere Stallman.

Las alegaciones jurídicas están disponibles para su libre uso por los demás. Las argumentaciones son transparentes —lo cual es distinto a decir que son buenas— y el razonamiento puede ser utilizado sin la autorización del abogado original. Las opiniones formuladas pueden ser citadas en alegaciones posteriores. Pueden ser copiadas e incorporadas en otra argumentación u opinión. El «código fuente» del Derecho estadounidense es deliberadamente y por principio abierto y de libre uso por cualquiera.

Y así lo usan libremente los abogados, ya que el secreto de una gran argumentación es que resulte original mediante la reutilización de lo que se ha hecho antes. La fuente es libre, la creatividad y una forma de economía se cimentan sobre ella.

Esta economía del código abierto —y me refiero aquí al código legal abierto— no arruina a los abogados. Las firmas de abogados tienen incentivos suficientes para redactar buenas alegaciones incluso cuando material que crean pueda ser apropiado y utilizado por cualquier otro. El abogado es un artesano cuyo trabajo es de dominio público.

Sin embargo la artesanía no es caridad. Los abogados cobran, la gente no contrata ese tipo de trabajo sin un precio. Pero esa economía progresa con trabajos posteriores que se añaden a los anteriores.

Podríamos imaginar una práctica jurídica que fuese diferente, alegaciones y argumentaciones que se mantuviesen secretas, sentencias que hiciesen pública su decisión pero no sus fundamentos. Leyes que fueran guardadas por la policía y no se hiciesen públicas para nadie más. Normativas que se aplicasen sin explicar su contenido.

Podemos imaginar esa sociedad, pero no podemos imaginarnos llamarla «libre».

Estén, o no, mejor o más eficientemente gestionados los incentivos en esa sociedad, esta no podría ser considerada libre. Los ideales de libertad, de vida en una sociedad libre, exigen algo más que una gestión eficiente. En cambio, el aperturismo y la transparencia son los límites en los cuales se construye un sistema legal, sin que se añadan nuevas ideas a conveniencia de los líderes. La vida sometida al código informático no debería ser menos.

Escribir códigos no es pleitear. Es mejor, más rico, más productivo. Pero el Derecho es un ejemplo obvio de que la creatividad y la motivación no dependen de un perfecto control sobres los productos que se crean. Igual que el jazz, o las novelas, o la arquitectura, el Derecho se construye sobre el trabajo hecho con anterioridad. La creatividad siempre es esta agregación y cambio. Y una sociedad libre es aquella que garantiza que sus recursos más importantes permanecen libres, precisamente en este sentido.

Por primera vez este libro recoge los artículos y las conferencias de Richard Stallman de forma que queden claros su sutileza y su fuerza. Los ensayos abarcan un amplio espectro, desde el copyright a la historia del movimiento del software libre. Incluyen muchas argumentaciones no muy bien conocidas y, entre ellas, una apreciación especialmente inteligente sobre las cambiantes circunstancias que vuelven sospechoso al copyright en el mundo digital. Servirán como recurso para aquellos que busquen comprender el pensamiento de este hombre poderoso, poderoso por sus ideas, su pasión y su integridad, a pesar de carecer de poder en los demás sentidos. Inspirarán a aquellos que adopten estas ideas y construyan a partir de ellas.

No conozco bien a Stallman. Lo conozco lo suficientemente bien para saber que es una persona que es difícil que nos guste. Es obstinado, a menudo impaciente. Su ira puede inflamarse ante un amigo con tanta facilidad como ante un enemigo. Es testarudo y persistente, paciente en todo caso.

Pero cuando nuestro mundo finalmente comprenda el poder y el peligro del código, cuando finalmente vea que el código, como las leyes o como el gobierno, debe ser transparente para ser libre, entonces volveremos la mirada a este programador testarudo y persistente y reconoceremos la idea por cuya realidad ha luchado: la idea de un mundo donde la libertad y el conocimiento sobreviven al compilador. Y comprenderemos que nadie, por medio de sus actos o de sus palabras, ha hecho tanto para hacer posible la libertad que la sociedad venidera podría tener.

Aún no hemos ganado esa libertad. Podríamos fracasar en su consecución. Pero triunfemos o fracasemos, en estos artículos se refleja lo que esa libertad podría ser. Y en la vida que plasman esas palabras y obras está la inspiración para todo el que, como Stallman, lucha para crear esa libertad.

miércoles, 16 de septiembre de 2009

Copiar y Compartir en Legítima Defensa

Por Alexandre Oliva
lxoliva@fsfla.org

Basado en los ampliamente reconocidos y casi siempre respetados derechos humanos de disfrutar y memorizar obras de arte a las que se pueda acceder, y de conceder y aceptar el acceso a ellas, este artículo clama derechos legítimos para preservar el acceso a las obras, para convertir dichas obras a otros formatos y medios, para descargar y subir obras a Internet, y para recibir y compartir obras en redes P2P. El pleno gozo de estos derechos humanos es la legítima defensa contra los constantes ataques a ellos.

No deberíamos sentirnos culpables o avergonzados por compartir o descargar archivos digitales. Sin embargo, el lavado de cerebro producido por la industria editorial de música, cine y software tuerce nuestras nociones de lo que está bien y lo que no. Confundidos y asustados, renunciamos a nuestros derechos y aceptamos leyes que sirven a su codicia, en desmedro de la sociedad. Argumentando esas leyes torcidas para probarnos equivocados y culpables, buscan aún más poder legal sobre nosotros, mientras fingen ya tenerlo. Pero ellos no lo tienen, ni pueden tenerlo, siempre y cuando nuestros derechos humanos sean respetados.

Exoneración de responsabilidad: el autor no es un abogado. Nada en este artículo debería ser interpretado como un consejo legal. Sin embargo, si estás amenazado o demandado por la industria editorial o por las fuerzas policiales anticopia que están estableciendo, muéstrale este artículo a tu abogado.

El derecho a disfrutar

Artículo 27. (1) Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. -– Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948

Si estás caminando por la calle y encuentras una billetera en el suelo, probablemente la recogerás e intentarás ubicar a su dueño para devolvérsela. Si, mientras buscas algún documento que identifique al dueño, encuentras un pedazo de papel con un poema en él, leerlo es todo tu derecho. No tienes que pedir permiso (licencia) al autor del poema, o al dueño de la billetera: tienes derecho de leerlo y disfrutarlo. Siempre y cuando lo pongas de nuevo en su lugar, no habrás tomado nada de nadie. Por otro lado, tomar el dinero de la billetera no sería correcto, porque privaría a su legítimo dueño de ello. La industria editorial intenta confundirnos ocultando esta crucial diferencia.

Si vas un poco más allá y escuchas a tu vecino cantar una canción en la ducha, es todo tu derecho. No tienes que pedir permiso (licencia) del compositor de la canción, o de su intérprete: tienes el derecho de escucharla y disfrutarla, e incluso de memorizarla y cantarla para ti mismo y para tus amigos en algún otro momento.

Tú escuchas las campanas de la iglesia y sabes que como a esa hora tu VCR se apagará, después de haber grabado tu programa de TV favorito, y así puedes verlo tan pronto vuelvas a casa del trabajo. No tienes que pedir permiso (licencia) del director, del estudio o al emisor de TV: tienes el derecho de grabarlo y verlo después, junto a tu familia y amigos.

Llegas a casa, enciendes tu computador portátil y le pones el DVD que arrendaste. No tienes que pedir permiso (licencia) del director, del estudio, del editor del DVD o a la casa de renta para ver la película, y esto involucra tareas como copiar la película desde el DVD a la memoria del computador, descifrar la codificación regional, descomprimir el vídeo y el audio, copiar el vídeo a la memoria de la pantalla digital y convertirla a patrones de pixeles en la pantalla y luego a ondas de luz, copiar el audio al amplificador digital y convertirlo a vibraciones mecánicas y luego ondas sonoras, y finalmente convertir todo a impulsos neurales y en una memoria temporal o permanente. Puesto que tienes derecho a ver la película, puedes copiar, convertir, memorizar y re-reproducir la totalidad de las partes, sin depender del permiso de nadie.

El derecho de disfrutar una obra artística a la que tienes acceso es un asunto práctico. Sería ridículo pedir permiso a alguien para leer un pedazo de papel, y luego, una vez que lo tienes, saber que el permiso ya estaba. Sería ridículo tener que abstenerse de alguna manera a escuchar una canción que está sonando al lado tuyo. Sería ridículo estar privado de un programa de TV sólo porque no lo dan a una hora cómoda. Sería una locura tener que pedir permiso para cada conversión y pasos de copia involucrados en disfrutar de la obra artística. Sería una locura tener que pedir permiso para retener la obra en tu propia memoria, u obligarse a sí mismo a olvidarla en caso que no encuentre a alguien que pueda y lo conceda.

Afortunadamente, ¡las cosas no son así! No hay algo malo en alguna de estas cosas, y no hay ley que te detenga de hacerlo. No debería haber alguna: eso sería injusto, y violaría los derechos humanos fundamentales. Tienes el derecho de disfrutar obras de arte a las que tienes acceso, y tomar parte de la vida cultural de tu sociedad. Ninguna ley debería jamás quitarte esos derechos.

El derecho de compartir

Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. –- Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948

Digamos que tienes una colección de libros muy grande, y estás decepcionado porque poca gente puede leerla. Decides donarlos a una biblioteca pública. No tienes que pedir permiso a nadie para hacer la donación, y la biblioteca no tiene que pedir permiso para prestar los libros a quienquiera que pueda estar interesado en leerlos.

Si fuera por la industria editorial, tú deberías guardar tus colecciones de CD, cintas, DVD y libros en un lugar seguro cuando recibes visitas, para que no te las pidan prestadas. Por el contrario, tú no sólo tienes derecho a mostrarlas: también puedes reproducirlas para tus visitas, y prestarles tus copias, para que las escuchen, las vean o las lean cuando y donde quieran.

Leyes que han prohibido recibir e impartir información e ideas violarían los derechos humanos fundamentales.

El derecho a preservar

Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. –- Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948

Cuando tú compras CDs, DVDs, libros, etc, lo que estás comprando es el acceso a la obra, en lugar del medio de soporte o una supuesta licencia para disfrutarla: no necesitas una licencia para eso. De hecho, si el medio se daña, cualquier editor decente reemplazará la copia rota de la obra, por no más que un costo nominal que cubre el medio, embalaje y costos de envío, así puedes mantener el acceso por el que pagaste.

Si el editor va a la quiebra o se queda sin copias, no tienes que permitir que la copia que tienes de la obra se estropee hasta perder el acceso. Si el editor no es decente, podría planear que las copias se estropeen, para vender el acceso repetidamente hasta que empiece a denegar el acceso a la obra, indefinidamente, a toda la sociedad. Tal plan no debiera funcionar. De hecho, muchas jurisdicciones permiten explícitamente, más allá de alguna duda, respaldar copias para uso personal, a pesar de cualquier derecho de copia exclusivo de alguna obra artística que la sociedad podría conceder a cualquier otro.

El permiso explícito, aunque bienvenido, no es estrictamente necesario. Es del todo correcto recordar obras a las que has accedido. Sin embargo, pocos tienen memoria perfecta o fotográfica, y hemos sido enseñados a usar memorias auxiliares para recordar cosas importantes: tomar notas en clases, reuniones y encuentros, tomar fotos o grabar películas de momentos importantes en nuestras vidas, e incluso hacer respaldos de información que almacenamos en memorias primarias y auxiliares.

Una copia de respaldo de una obra no es más que una extensión de la memoria, para que puedas recordar mejor y con más precisión la obra, y disfrutarla en algún momento después.

Ninguna ley puede o debería detenerte de mantener memorias y disfrutarlas, porque sin memoria, lo derechos de disfrutar y compartir no pueden ser realizados en su totalidad.

El derecho a convertir

En la misma línea, si tus viejos LPs y cassettes se están estropeando, y te preocupa encontrar agujas, imanes o motores que reparen tus reproductores en caso que se rompan, tú puedes estar cómodo con el derecho que tienes a preservar el acceso a las obras, incluso si esto requiere convertirlas a otra forma de almacenaje en otras piezas de memoria auxiliar.

Digamos, que puedes reproducirlas para su computador y grabarlas en algún tipo de memoria magnética, electrónica, óptica o de cualquier otro tipo, para extender al futuro tu posibilidad aún existente de ejecutar las obras tantas veces cuantas quieras.

Puedes además convertir las obras en diferentes formatos, si eso es lo que te permite disfrutarlas, mientras manejas tu auto, caminas por la calle o estás sentado en un autobús o tren con un reproductor portátil de música o vídeo, o algún otro tipo de computador.

Recuerda, no hay, ni debería haber, ley alguna que te detenga de copiar y convertir una obra como pasos accesorios en el proceso de disfrutarla, o respaldar los resultados de estos pasos accesorios para un uso futuro. No deberías estar obligado por las limitaciones del medio, formato o reproductores elegidos por la parte que concede tu acceso a la obra: una vez que obtienes el acceso, tienes el derecho de disfrutarlo como tú quieras.

El derecho combinado de compartir y preservar.

Digamos que una amiga quiere que le prestes un DVD, pero su perro es famoso por su gusto por los DVDs. Consideras declinar la solicitud de tu amiga, pero ¿por qué deberías? Puedes bien hacer una copia de respaldo del DVD, para preservar tu acceso a la obra, y luego permitir que tu amiga se lleve a su casa la copia "original", o la copia de respaldo que hiciste.

Tu amiga, de vuelta, puede no ver la película antes del tiempo en que dijo que la devolvería, o querer verla algunas veces más. Para preservar su acceso, extendiendo su memoria y extendiendo al futuro su capacidad de disfrutar la obra cuantas veces quiera, podría devolver tu copia después de hacer una copia de respaldo para sí. O llamarte y preguntar si puede quedarse con la copia. Puede incluso abstenerse de llamar, si sabe que tú la llamarás apenas lo necesites.

De hecho, puedes tener un acuerdo con tu amiga, así pueden mantener respaldos para cada uno. ¡Incluso en Internet! Aunque cada uno mantenga otros respaldos en casa, eso no protege los archivos de uno si se quema su casa, por ejemplo.

Así, tu amiga reserva parte del espacio de disco de su computador para mantener tus archivos, y tú reservas parte tuya para los de ella. Confían lo suficiente en el otro como para no preocuparse de asuntos de privacidad, pero también saben que están respaldando colecciones de fotos, canciones y películas del otro, y eso está tan bien como si las fotos, canciones y películas estuvieran respaldados en CDs, DVDs, cintas, o lo que sea.

Y entonces, puesto que no necesitas patrullar el acceso a las obras (de hecho, ya vimos que tienes derecho a compartir con tus amigos), no necesitas codificar los datos o demandar su consentimiento como para nunca ver esos archivos.

Su acuerdo puede incluir un entendimiento de que consienten en que cada uno tenga acceso a las fotos, canciones y películas en los respaldos que mantienen del otro. No son necesarios más permisos.

Los derechos de bajar y subir archivos

Digamos que te vas de viaje, y en tu computador portátil llevas algunos artículos que quieres leer. Preocupado por robo o pérdida, publicas los archivos en tu sitio web, para poder obtenerlos en cualquier cybercafé. No tienes que pedir permiso a nadie para hacer esto: tan sólo estás preservando el acceso a ellos.

Estos archivos son para uso personal, y no le dijiste a nadie acerca de las URLs. Sin embargo, te llegó un email de una amiga, y te pregunta por un artículo que le mencionaste. Es uno de los artículos que has subido a tu sitio web, así que le mandas la URL. Tienes el derecho de compartir trabajos a los que tienes acceso con tus amigos. El hecho que tú no puedas juntarte con ellos personalmente para pasarles una copia en un medio físico no debería importar. Ellos, de vuelta, tienen derecho a disfrutarlos y preservarlos una vez que tú les has dado acceso. Ninguno de los dos tuvo que pedirle permiso a persona alguna.

Tu amiga le pasa la URL a otro amigo, quien entonces lo publica en una lista de correo privada, y el mensaje luego es reenviado a una lista de correo pública. Toda la gente comienza a descargar el archivo de tu sitio web. Eso está bien, tienes derecho de compartir la obra con todos ellos. Incluso si no lo tuvieras, no necesitas patrullar el acceso al sitio, como tampoco necesitas esconder tu colección de DVDs cuando te visite un amigo. Similarmente, aquellos que lo han bajado no necesitan patrullar si tienes cualquier permiso que necesitarías para ofrecerles acceso a la obra, como tampoco necesitan saber si puedes prestarles el DVD.

El derecho de P2Preservar

Tu acuerdo de copias de respaldo distribuidas funciona tan bien que, cuando lees acerca de un sistema de respaldo par-a-par, te cambias a él. Como antes, cada parte ofrece una porción de sus discos para alojar respaldos de otros, y de vuelta tienen porciones de sus propios discos respaldados en la red.

Una mejor ventaja es que los respaldos están replicados en varios participantes, así que incluso si algunos dejan la red, el respaldo sigue disponible. El sistema es también lo suficientemente inteligente para decir cuando múltiples usuarios quieren respaldar el mismo archivo, evitando desperdicios.

Por supuesto que mantienes tus archivos personales encriptados en un sistema de respaldo así, porque no confías en todos tanto como confías en tu amiga. Pero para los archivos que compartirías normalmente con tus amigos, ¿por qué irías a prevenir la reducción de desperdicio?

Un día te llega un email de otro par en la red, preguntando si no te importa que mantenga una copia de una canción que encontró en lo que te estaba respaldando. ¡Qué tonta pregunta! Ya está guardando una copia, y tiene evidentemente ya ganado el acceso a la canción, así que es obvio que puede mantenerla. Pero piensa que preguntar no podría dañar. De hecho, no daña: hace crecer una buena amistad.

El derecho de P2Participar

Un día accidentalmente borras un archivo de tu computador. Preguntas en la red por un respaldo, ¡y lo encuentras tan rápidamente restaurado que te cuesta creerlo! Por casualidad, otro par ha respaldado una copia de ese archivo en la red, y pasó a ser transferido a tu computador poco antes que pidieras la restauración.

Resulta que esta persona parece gustarle las mismas canciones que a ti. Reconoces la mayoría de ellas, pero hay algunas que nunca has oído antes, ¡y son justo el tipo que te encanta! Así que mantienes una copia de las canciones que este nuevo amigo compartió contigo. Tú además le envías una nota de agradecimiento con algunos consejos musicales, y se hacen muy amigos.

Hoy en día, cada vez que compras un CD o un DVD que te gusta, lo preservas en la carpeta respaldada por P2P. Nada te detiene de estar usando la red como memoria para preservar tu acceso a las obras, o de permitir que tus amigos tengan acceso a ellas. Y de vez en cuando te llega un email de algún nuevo amigo agradeciendo por ello.

Un aspecto importante de esta red es que, cuando un par se va, la red reparará la pérdida creando más réplicas de los archivos que estaban en ese par. No tienes que pedir permiso para transferir alrededor los archivos que alojas por otros, como tampoco un proveedor de acceso a la Internet necesita pedir permiso para transferir los archivos solicitados de terceras partes, o para cachearlos.

Cuando te unes a una red P2P sólo para descargar un archivo, la situación es ligeramente diferente, porque tienes una mucho mejor noción de que estás descargando y transmitiendo. Sin embargo, como vimos antes, es del todo correcto descargar una obra artística y compartir el acceso a ella con un amigo. Si alguien quien tiene derecho a compartir el acceso contigo y otros pide tu ayuda para extenderlo a otros, ¿por qué no ayudar?

¿Pero qué pasa con la pobre industria editorial?

Artículo 27. (2) Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

–- Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948

Bajo el falso pretexto de ayudar a los autores, a quienes la inhumana industria editorial explota así como a nosotros, probablemente seguirían intentando limitar lo que la gente puede hacer, ya sea técnica o legalmente, inventando barreras tecnológicas para denegar derechos fundamentales, amenazando con demandar y enviar a la cárcel a la gente por ejercerlas, y contratando legisladores para aprobar leyes que nos priven de más derechos.

¿Pero por qué la sociedad acepta leyes que socavan los derechos humanos fundamentales, así como las bases de la sociedad tales como la amistad y el compartir? Compartir con amigos no involucra intereses materiales, por tanto ni si quiera un autor podría invocar el derecho humano de la protección de los intereses materiales para oponerse a ello.

Tele-revolución

Si algún día desarrollamos la teletransportación, y la tecnología se vuelve ampliamente disponible a bajo costo, los negocios que dependen de la dificultad de transportar gente y bienes de un lugar a otro tendrían que revisar sus estrategias. Algunos podrían adaptarse y encontrar otras maneras de ganar dinero; otros presionarían para preservar su modelo de negocios obsoleto.

Pero imagina si el telégrafo hubiera sido prohibido por intereses de la industria postal. Si el teléfono, el email y la mensajería instantánea hubieran sido prohibidos por intereses de la industria del telégrafo. Si los teléfonos móviles o las llamadas sobre la Internet hubieran sido prohibidas por intereses de la industria de teléfono de red fija.

No tiene sentido para la sociedad prohibir o limitar el uso de la teletransportación sólo para mantener la escasez que ha permitido a las empresas de transporte lucrar; ciertamente no a menos que esta privación de alguna forma dé un mayor beneficio a la sociedad en general.

Multi-revolución

Si algún día desarrollamos una tecnología de multiplicación de objetos, y se vuelve ampliamente disponible a bajo costo, los negocios que dependen de la dificultad de producir objetos o sustancias replicables tendrían que revisar sus estrategias. Algunos pueden adaptarse y encontrar otra manera de ganar dinero; otros presionarían para preservar su modelo de negocios obsoleto.

Pero imagina si los productores de pan intentan prohibir la multiplicación del pan para los que tienen hambre. Si la industria de la moda intenta prohibir la replicación de vestimenta para los que tienen frío. Si la industria farmacéutica intenta prohibir la copia de medicinas para los que tienen enfermedades. Si las industrias agrícola y de semillas intentan prohibir la reproducción de soya, maíz, patatas, trigo, arroz, frijoles y otras clases de alimentos. ¡No tiene sentido! No es de extrañar que algunos encuentren difícil de creer que la gente inteligente puede ser engañada crucificando a alguien por multiplicar y compartir pan y pescado, y por enseñarle a otros cómo realizar tales milagros.

No tiene sentido para la sociedad prohibir o limitar el uso de la multiplicación, sólo para mantener la escasez que ha permitido a los manufactureros lucrar; ciertamente no a menos que esta privación de alguna forma dé un mayor beneficio a la sociedad en general.

Inter-revolución

Los computadores conectados a Internet pueden realizar multiplicación remota de obras digitales. Los negocios que dependen de la dificultad de replicar y transportar estas obras tienen que revisar sus estrategias urgentemente. Algunos ya se han adaptado y han encontrado otras maneras de ganar dinero; otros han estado presionando para preservar su modelo de negocios obsoleto.

Pero no tiene sentido para las sociedades prohibir o limitar el uso de la multiplicación digital, local o remota, sólo para restaurar la escasez que permitió a los editores lucrar antes de este avance; ciertamente no a menos que esta privación de alguna forma dé un mayor beneficio a la sociedad en general.

Anti-revolución

Todas las leyes en una sociedad democrática deberían brindar beneficios a la sociedad. El derecho de autor, por ejemplo, es un monopolio limitado concedido por la sociedad, como un incentivo a la publicación de obras artísticas, para que ellas puedan ser disfrutadas y usadas por todos, aunque algunos usos limitados, que serían imposibles sin la publicación, tienen que esperar la expiración del monopolio.

No hay indicación de que conceder a los editores más poder sobre los autores y sobre nosotros nos brinde cualquier beneficio. Penalizar presuntas violaciones de derechos de autor no mejora la calidad artística de las obras publicadas. Extender la duración de los derechos de autor retroactivamente cada vez que Mickey Mouse está a punto de finalmente entrar al dominio público no nos dará más obras de Walt Disney, ni nuevas (¿cómo podría?) ni las viejas conocidas. Darle poderes de legisladores y jueces a los editores, aprobando leyes que nos prohíben escapar de limitaciones técnicas diseñadas en sus productos, incluso para realizar actos a los cuales tenemos derecho, negaría a la sociedad los propios beneficios que justifican el monopolio: permitir a todos disfrutar y usar las obras, aunque después de un corto retraso.

Deberíamos tener en cuenta que el derecho de autor fue diseñado para permitir goce privado, ejecuciones privadas, y el intercambio y la preservación de la cultura, y que necesitaríamos razones muy buenas para todos para privarnos de cualquiera de ellos. Debemos luchar contra los intentos de convertir estas leyes al reverso, porque se beneficiarían unos pocos en desmedro de muchos.

Derechos fundamentales y legítima defensa

Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. -– Declaración Universal de Derechos Humanos, Diciembre 10, 1948

Cuando alguna disposición de ley o proyectos de ley entran en conflicto con derechos fundamentales, tenemos derecho y deber de defender nuestros derechos, y oponer las leyes que los deniegan o los ponen en duda.

Puesto que son derechos fundamentales, no deberían estar fuera de la ley. Incluso si hay disposiciones penales que parecen cubrirlas, en un estado de ley el goce regular de los derechos civiles no puede ser considerado como delito.

Acerca de los medios privados para atacar los derechos fundamentales, a los cuales la industria recurre de vez en cuando para imponer restricciones que violan los derechos humanos, desviar el ataque para gozar de los derechos civiles es actuar en legítima defensa, que, en un estado de derecho, no puede considerarse como un delito.


Traducido por Tomás Solar Castro
Copyright 2008 Alexandre Oliva
Copyright 2008 FSFLA

martes, 8 de septiembre de 2009

El Software Democrático

No todo es Microsoft o Apple. Hay programas que se pueden copiar y modificar. Por la cara y legalmente. Charlamos en Madrid con Richard Stallman, el mesías de esta revolución.

PARA un cara a cara con Richard Stallman (Nueva York, 1953), el mesías que inventó el software libre y popularizó el término copyleft (que promueve la copia), es necesario hacer los deberes y llenarse la cabeza de conceptos. El inventor de la primera alternativa a los sistemas de Microsoft (Windows) y de Apple (Mac Os) tiene manías de estrella: no viaja sin colchón hinchable y da conferencias en calcetines. Sus peculiaridades van más allá de los hábitos. Como reconoce, está "medio sordo", y aunque habla español, hay que pronunciar cada sílaba alto y claro porque está "igual de sordo en todas las lenguas". Y se enfada si no se distingue entre conceptos como GNU/Linux y Linux. Nos aclara por qué: "Creamos [el sistema operativo libre] GNU en los ochenta, pero para ejecutarlo en una máquina hacía falta el núcleo, Linux, un elemento que creó un estudiante finlandés, Linus Torvalds [entonces, en 1991, de 21 años]. El problema es que la gente llamó al conjunto Linux, y no GNU/Linux".

EP3 juega con ventaja. Stallman comparece agotado tras tanta charla en el madrileño Medialab-Prado, donde criticó a Microsoft y Apple y se distanció de la comunidad Linux, que, según él, se ha apartado de la verdadera doctrina al preocuparse por el código -las instrucciones que sigue un ordenador para ejecutar un programa- y no por la solidaridad social.

- EP3. Sus teorías se basan en la libertad y la solidaridad. ¿Qué requisitos ha de cumplir un software para ser libre?

Richard Stallman. Debe permitir al usuario utilizar el programa como desee; estudiarlo y adaptarlo; dar la opción de ayudar al prójimo distribuyendo copias y de beneficiar a la comunidad repartiendo versiones modificadas. Un software que da estas cuatro libertades es libre porque sus sistemas de distribución y uso son éticos. Si no, es privativo y es una dictadura. Microsoft lo es: vigila, restringe y ataca. Sus programas hacen cosas malévolas...

- EP3. ¿Cómo cuáles?

R. S. Plantean un dilema moral. Si un amigo le pide una copia del programa tendrá que elegir entre dos males: ofrecérsela y romper la licencia, o negársela y respetar el contrato. Conozco dos soluciones al problema: no tener amigos o rechazar el software privativo. Ésta última es mi remedio.

- EP3. Su teoría es ideal, pero en la práctica tiene fallos. La mayoría de los usuarios no puede ejercer los derechos que defiende porque no sabe cómo hacerlo.

R. S. Si alguien quiere ser programador, hay un solo camino: elegir software libre y aprender a programar. Es más fácil porque se puede leer su código.

- EP3. La Free Knowledge Foundation (FKF), que lidera usted, ha dedicado su energía a crear programas no privativos. Pero se ha despreocupado de crear una comunidad libre capaz de programar.

R. S. En la FKF somos pocos..., pero hay miles de escuelas que forman programadores. ¿Por qué deberíamos desperdiciar el tiempo haciéndolo nosotros? Eso sí, las escuelas tendrían que enseñar software libre. Algunas multinacionales imponen sus programas privativos regalando copias a los institutos para crear dependencia. Es como la droga. La primera dosis sale gratis, pero cuando eres adicto toca pagar.

- EP3. Ha criticado Gmail. ¿Por qué?

R. S. Mejor no confiar sus correos a una empresa. Y menos aún si es de EE UU.

- EP3. ¿Hay alternativas?

R. S. La FKF tiene servidor de correo.

- EP3. ¿Todos podemos abrir una cuenta?

R. S. No. Pero un grupo puede montar su propio servidor de correo.

- EP3. Conocer el código fuente no sirve de nada si no se sabe programar.

R. S. Pero el usuario puede contratar a alguien para que modifique un programa.

- EP3. ¿No está en contra del negocio?

- R. S. No soy comunista, no quiero eliminar el negocio. Pero algunas empresas convierten al consumidor en prisionero.

- EP3. ¿Qué opina de la crisis musical?

R. S. Las multinacionales merecen fracasar, han comprado leyes para atacarnos. No estoy en contra de producir discos y venderlos si se pueden compartir copias. Esto no significa eliminar el derecho de autor. Mis ideas dependen del uso que se haga de la obra. Distingo tres tipos de creaciones: las de uso práctico; las que transmiten el pensamiento, y las de arte y diversión. Las prácticas deben ser libres. El software es un ejemplo. No sirve para admirar su código fuente. La finalidad de un programa es ser ejecutado. Es como una receta. Imagina que un día el Estado dice a los cocineros: "A partir de hoy, si copiáis o cambiáis una receta os llamaremos piratas y os meteremos en prisión". La tendencia de copiar, cambiar y mejorar programas no es casual. Es una consecuencia lógica.